Desde la 61 Legislatura propuso el PAS eliminar el fuero a servidores de los 3 niveles de gobierno
Gobernador, secretarios de Estado, diputados, ministros y alcaldes, deben enfrentar la ley al igual que cualquier ciudadano: Dip. Alba Virgen Montes
Redacción
Culiacán, Sinaloa.- Un buen funcionario público debe conducirse con total transparencia que no necesita protección de ninguna índole si realiza bien su trabajo, por lo que, consideramos que el fuero o la inmunidad es un privilegio innecesario conferido a servidores públicos, cuya figura jurídica violenta el principio básico de la igualdad.
En México no puede haber dos tipos de ciudadanos: unos, los que se les puede establecer un proceso penal, y otros, los que para poder proceder penalmente en su contra, se debe de pasar por un filtro que es el desafuero.
En los últimos años, el nivel de corrupción e impunidad se ha incrementado hasta alcanzar niveles altamente escandalosos e insostenibles, todo, con la complacencia del Estado que no aplica la ley de manera adecuada, en muchas de las ocasiones para proteger al grupo político en el poder.
Las manifestaciones de hartazgo de la sociedad también se han incrementado notablemente, cada vez se expresan más los ciudadanos, organizaciones sociales y empresariales para que se aplique la ley por igual.
En el partido Sinaloense consideramos que cuando un funcionario de cualquier poder: Ejecutivo, Legislativo, Judicial y presidentes municipales, cometió un delito debe llevar el proceso penal de la misma manera que lo hacen todas las personas, en condiciones de igualdad; por lo tanto, los servidores públicos que gozan de inmunidad penal, al dejar de poseerla, no resulta necesario que el Congreso del Estado, tenga que llevar a cabo los juicios de declaración de procedencia, a los que invoca la Constitución.
En este sentido, el Partido Sinaloense desde la 61 legislatura propuso el retiro del fuero constitucional para servidores públicos de Poder Ejecutivo (gobernador y secretarios), Legislativo (diputados), Judicial (ministros) y a los presidentes municipales, a efecto de garantizar el acceso a la justicia, la igualdad jurídica, la transparencia y la rendición de cuentas.