Diputados de Morena presentan iniciativas Vs. la violencia digital y violencia política Vs. las mujeres

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Tere

Buscan reformar la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y modificar el Código Penal del Estado

Redacción

Culiacán, Sinaloa, 16 de mayo de 2025.- Las y los diputados del Grupo Parlamentario de Morena en el Congreso del Estado de Sinaloa, presentaron dos iniciativas que buscan reformar la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y modificar el Código Penal del Estado, para combatir la violencia política y la violencia digital contra las mujeres en la entidad.

Las iniciativas, que fueron entregadas por un grupo de diputados morenistas, encabezados por la coordinadora de la bancada, la diputada María Teresa Guerra Ochoa, tienen como propósito reforzar el marco normativo y ampliar la protección para las mujeres desde vertientes antes referidas.

En estos documentos, las y los legisladores, explicaron que la iniciativa en materia de violencia política, tiene como finalidad tipificar en el Código Penal del Estado de Sinaloa el delito de «violencia política contra las mujeres en razón de género».

Al mismo tiempo pretende armonizar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia con la legislación federal, para reconocer esta forma de violencia como una modalidad que ocurre en la actualidad en todos los ámbitos, por lo que tiene el propósito de sancionar a quien limite o anule los derechos político-electorales de las mujeres en la entidad.

Dicha iniciativa también incluye un listado de conductas punibles que pudieran cometerse contra las mujeres, como la intimidación, la coacción, la obstaculización de funciones públicas y el uso de estereotipos para dañar su imagen, sobre todo mediante el uso de medios digitales y a través de las tecnologías diversas.

La otra iniciativa presentada, tiene como objetivo combatir la violencia digital, ya que propone adicionar un capítulo cuarto al Código Penal para el Estado de Sinaloa, que se denomine “Violencia Digital”, para tipificar como delito, conductas como la difusión no consentida de contenido, la usurpación de identidad, así como emprender campañas de acoso mediante las tecnologías de la información y las redes sociales.

La propuesta contempla definir de manera clara las sanciones y agravantes específicos, los cuales se establecerán en el artículo 177 BIS C, del Capítulo IV de nueva creación, una pena de dos a cinco años de prisión y de 400 a 800 días multa a quien cometa el delito de violencia digital.

En el artículo 177 BIS D se contempla una pena de tres a seis años de prisión y de 500 a mil días multa, mientras que en el artículo 177 BIS E, que considera agravantes, se establece una sanción de tres a seis años de prisión y de 800 a 700 días multa.

Cabe mencionar que esta iniciativa también busca establecer en el Código Penal de la entidad, diversas conductas sancionables, por lo que plantea reformar uno de los artículos de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para atender, además de las violaciones a la intimidad sexual, los ataques a la privacidad, la identidad, la imagen, la dignidad y otros aspectos privados de la vida de las personas en entornos digitales.

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