Presenta CEAIP resultados de Verificación de Obligaciones de transparencia 2022
Esta revisión se desarrolló en cumplimiento de los artículos 108 al 112 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública el Estado de Sinaloa
Redacción
Culiacán, Sinaloa, 13 de octubre de 2022.- Con un nivel de cumplimiento del 84.7 por ciento resultaron las entidades públicas evaluadas en el proceso de Verificación de las Obligaciones de Transparencia 2022 realizado por la Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública.
En conferencia de Prensa acompañado por la Comisionada Liliana Margarita Campuzano Vega y el Comisionado José Alfredo Beltrán Estrada, el Presidente del organismo de transparencia José Luis Moreno López, explicó que la verificación se desarrolló en cumplimiento de los artículos 108 al 112 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública el Estado de Sinaloa.
Detalló que en este proceso fueron revisados mil 527 fracciones con 46 mil 270 criterios de información que abarca todo el 2021, de una muestra de 77 dependencias, 63 elegidas por muestreo a través de un software, y 14 de manera directa en el caso de los Poderes Legislativo, Judicial, organismos autónomos y los 5 partidos políticos que se encuentran en el padrón de sujetos obligados.
Indicó que los Poderes Legislativo y Judicial tuvieron un cien por ciento de cumplimiento; del Poder Ejecutivo se revisaron 5 secretarías con un promedio de 95.3% donde destaca la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas con el ciento por ciento de promedio.
Así también, señaló en la revisión de 15 organismos del Poder Ejecutivo obtuvieron un 94.89 por ciento, donde sobresale el Instituto Sinaloense de Infraestructura Física Educativa con el cien por ciento.
Dijo que en el caso de los Ayuntamientos, 6 evaluados, el promedio de cumplimiento fue de 94.15%, destacando Ahome Mazatlán y Navolato con el cien por ciento. Y las paramunicipales, 26 verificadas por CEAIP, tuvieron un 73.37 por ciento de promedio, con el Instituto de Vivienda del Municipio de Culiacán al ciento por ciento como el más alto, y el más bajo el DIF de San Ignacio con apenas un 5.5 por ciento de cumplimiento.
En el caso de los organismos autónomos que fueron revisados en su totalidad, los nueve resultaron con un promedio de 93.5 por ciento y el más alto resultó ser la Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública y el Tribunal Estatal Electoral, ambos con cien por ciento de evaluación.
José Luis Moreno López indicó que al interior del Pleno, los Comisionados se están planteando si en la próxima evaluación, en el caso del organismo de transparencia, la pueda realizar un organismo homólogo de otro estado para no evaluarse a sí mismos y dar mayor seguridad y certeza a los resultados del proceso de Verificación de Obligaciones de Transparencia en Sinaloa.
Explicó que los partidos políticos, los 5 registrados en el padrón de sujetos obligados de la Ley de Transparencia de Sinaloa, obtuvieron promedio de 84.43 por ciento de cumplimiento; el más alto fue el Partido Revolucionario Institucional con 98.48 por ciento, mientras que el Partido del Trabajo resultó con cero por ciento de cumplimiento.
Los que obtuvieron el promedio más bajo fueron los sindicatos, 8 verificados con 67.46% de cumplimiento; resultando con cero por ciento de promedio los Sindicatos de Trabajadores al Servicio de los Ayuntamientos de Culiacán y de Sinaloa, así como el Sindicato de Trabajadores al Servicio de la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Guasave.
Indicó que ha sido recurrente año con año que los sindicatos y los partidos políticos no cumplan con estas obligaciones, por lo que se acercarán con sus representantes para ofrecerles capacitación, asesorías y acompañamiento para que mejoren sus niveles de cumplimiento.
Dijo que otro factor para que se diera el no cumplimiento en el caso de las dependencias que así lo hicieron, pudo ser por los cambios de gobierno que traen consigo nuevos funcionarios con pocos conocimientos sobre el tema y también como consecuencia de las medidas sanitarias tomadas ante la pandemia como es la reducción de personal en las oficinas públicas.
Agregó que para los casos de incumplimiento, CEAIP tiene facultades establecidas por ley para aplicar sanciones que pueden ser desde medidas de apremio como lo es la amonestación pública, hasta una multa económica que fluctúa entre 14 mil 433 pesos hasta los 144 mil 443, cantidad que debe ser pagada por el servidor público que resulte responsable, no así por parte de la dependencia.
El Presidente de CEAIP puso a disposición de los medios de comunicación y de la ciudadanía el correo electrónico verificacionestrategica.org.mx, para denunciar las faltas de cumplimiento en la información pública disponible en consulta abierta en la Plataforma Nacional de Transparencia por parte de cualquier dependencia.
Este anuncio de resultados de la Verificación de las Obligaciones de Transparencia fue transmitido en vivo y se encuentra disponible para consulta entrando aquí: https://n9.cl/h9nrmw
Revoca CEAIP recurso presentado en caso Azteca Ligthing Mazatlán
La CEAIP revocó el pasado martes 12 de octubre de 2022 en Sesión Extraordinaria de Pleno, el recurso de revisión 1066/22-3 presentado por la organización civil Observatorio Ciudadano Mazatlán ante el organismo de transparencia para el Ayuntamiento de esa localidad, quien deberá entregar copia del documento de recisión de contrato para la compra de más de mil 200 lámparas led de alumbrado público.
A pregunta expresa de los medios de comunicación, los tres Comisionados y la Comisionada, José Luis Moreno, Liliana Campuzano y José Alfredo Beltrán explicaron la ruta jurídica y técnica que siguió el medio de impugnación al interior de CEAIP, donde tras un proceso de análisis institucional, no se acreditó la reserva que señalaba la entidad pública municipal en el informe justificado que presentó el pasado viernes, al no presentar una prueba de daño, es decir, demostrar que hubiera demanda presentada por parte de la empresa Azteca Ligthing.
Una vez notificado, el Ayuntamiento de Mazatlán tiene 3 días hábiles para entregar la información a los solicitantes y dar cumplimiento a la resolución, por ser un documento de orden público.
Detalles del medio de impugnación
-30 de agosto, se presentó la solicitud de información.
-12 de septiembre, el Ayuntamiento responde que se reservaba la información por encontrarse dentro de proceso administrativo no concluido y no causaba estado.
-27 de septiembre, Observatorio Ciudadano de Mazatlán presenta recurso de revisión, registrado con expediente 1066/22-3, donde argumentan ilegalidad de la reserva.
-27 de septiembre, se admite el recurso y se turna aleatoriamente a la ponencia 3.
-7 de octubre, la entidad pública rinde el informe justificado de ley
-12 de octubre, tras un análisis institucional y elaboración de proyecto de resolución, CEAIP celebra Sesión Extraordinaria de Pleno, revocando el recurso de revisión.